El Gobierno nacional reglamentó la Ley de Modernización Laboral mediante el Decreto 407/2026. La norma introduce modificaciones en recibos de sueldo, licencias médicas, negociación colectiva, representación sindical y registración laboral, entre otros aspectos.
El Gobierno nacional reglamentó distintos aspectos de la Ley de Modernización Laboral 27.802 mediante el Decreto 407/2026. La norma introduce modificaciones en recibos de sueldo, licencias médicas, negociación colectiva, representación sindical, registración laboral y servicios eventuales.
La reglamentación fue presentada por el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, quien sostuvo que el objetivo es actualizar el marco laboral y adecuarlo a nuevas modalidades de trabajo y negociación.
«Durante décadas, la República Argentina estuvo atada a leyes laborales pensadas para un mundo que ya no existe más», afirmó Sturzenegger.
El funcionario señaló que algunos artículos de la ley no fueron reglamentados porque, según indicó, «son claros de por sí y se sostienen por su propio texto».
Nuevo recibo de sueldo
Uno de los principales cambios será la implementación de un nuevo formato de recibo de sueldo que deberá exhibir el costo laboral total que afronta el empleador por cada trabajador.
Según explicó Sturzenegger, el nuevo esquema permitirá «saber cuánto de lo que paga el empleador recibe finalmente el trabajador» y hará visible cada uno de los conceptos que integran el costo laboral.
«Todo aquello que le sacan al trabajador va a quedar registrado, explicitado y hecho visible», expresó.
La reglamentación establece que el recibo tendrá tres secciones diferenciadas: contribuciones del empleador, salario bruto con descuentos y una representación gráfica de la «cuña fiscal y sindical».
Además, el decreto establece un diseño uniforme y obligatorio para todos los recibos de sueldo.
Licencias médicas con receta digital
Otro de los puntos reglamentados corresponde al régimen de licencias médicas. A partir de ahora, las licencias deberán instrumentarse obligatoriamente mediante receta digital.
Según explicó Sturzenegger, la medida busca «dar trazabilidad al diagnóstico y evitar cualquier tipo de duda». La reglamentación también incorpora la posibilidad de recurrir a juntas médicas cuando existan discrepancias.
Comunicaciones laborales y desvinculaciones
La Secretaría de Trabajo quedó facultada para implementar procedimientos administrativos digitales destinados a las comunicaciones laborales. Además, se habilita la posibilidad de homologar ante la autoridad administrativa los convenios de desvinculación celebrados por mutuo acuerdo.
Información sobre trámites jubilatorios
El decreto incorpora un mecanismo para que los empleadores puedan conocer formalmente cuándo se inician y concluyen los trámites jubilatorios de sus trabajadores.
Cambios para empresas de servicios eventuales
La reglamentación introduce modificaciones en el régimen de empresas de servicios eventuales. Según explicó Sturzenegger, el nuevo esquema «desmantela la burocracia vigente desde hace 20 años» mediante una inscripción electrónica, gratuita y simplificada. La habilitación quedará automáticamente aprobada si la administración no responde dentro de los 15 días hábiles.
Beneficios sociales y conceptos no remunerativos
La reglamentación define los topes aplicables a beneficios sociales y componentes salariales no remunerativos. Entre las novedades se encuentra la posibilidad de reintegrar gastos de transporte contra presentación de comprobantes y cubrir servicios de comedor en establecimientos cercanos al lugar de trabajo.
Cambios en convenios colectivos
El decreto incorpora modificaciones en la Ley de Convenciones Colectivas de Trabajo. Sturzenegger sostuvo que la norma necesitaba una actualización porque existen convenios «negociados por última vez hace más de 50 años, vencidos y firmados por partes que en muchos casos no existen».
Se establece que podrán participar de negociaciones colectivas aquellos grupos empresarios que acrediten emplear al menos al 10% de los trabajadores comprendidos en la actividad correspondiente.
Fin de la ultraactividad de cláusulas obligacionales
Uno de los puntos centrales es la eliminación de la ultraactividad para determinadas cláusulas contenidas en convenios colectivos vencidos. «Con la Ley 27.802 se terminó la ultraactividad de los convenios colectivos», afirmó Sturzenegger.
El ministro sostuvo que «todas las retenciones indebidas desde esas fechas son pasibles de reclamo para su reintegro».
Sindicatos de empresa y representación gremial
Otro eje es el desarrollo de los sindicatos de empresa o grupo de empresas. Sturzenegger afirmó que la medida busca fortalecer la representación efectiva de los trabajadores y sostuvo que «la lógica es simple: representación sindical sí, monopolios eternos no».
La norma establece requisitos para que una organización sindical pueda acreditar una representación superior a otra entidad. La Secretaría de Trabajo tendrá un plazo de 45 días para resolver las solicitudes.
Construcción: registro único mediante ARCA
Para la industria de la construcción, el Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción (IERIC) dejará de intervenir en las altas y bajas de trabajadores. «El único registro válido y suficiente para determinar si un trabajador está registrado serán los propios registros de ARCA», indicó Sturzenegger.
