La Cámara de Senadores dio media sanción al proyecto de ley que modifica el Código Procesal Civil y Comercial para agilizar los desalojos por falta de pago en contratos de alquiler.
En la sesión del 16 de octubre de 2024, el Senado de la Nación aprobó por 42 votos afirmativos, 23 negativos y 3 abstenciones el proyecto de ley que establece un procedimiento especial para el desalojo de inmuebles por falta de pago de alquileres. La iniciativa, que modifica el artículo 680 bis del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, introduce cambios en los plazos y requisitos para el inicio de la acción.
El proyecto, que obtuvo dictamen de las comisiones de Justicia y Asuntos Penales, establece que el propietario podrá iniciar el juicio de desalojo una vez que el inquilino acumule dos mensualidades impagas, en lugar de las tres que se requerían anteriormente. Además, se reduce el plazo de contestación de la demanda de 15 a 10 días hábiles.
Uno de los cambios más relevantes es la incorporación de un proceso monitorio, que permite al juez dictar sentencia sin necesidad de audiencia previa si el inquilino no comparece. Este mecanismo busca reducir los tiempos del proceso, que actualmente puede extenderse entre seis y doce meses.
La senadora oficialista que presidió el debate, María del Carmen Carrasco, afirmó: «Esta ley responde a una necesidad de los propietarios que ven afectados sus ingresos por la morosidad. Agiliza el trámite y garantiza el derecho de defensa del inquilino». Por su parte, el senador de la oposición Guillermo Snopek sostuvo: «Si bien compartimos la necesidad de agilizar los desalojos, entendemos que el plazo de dos meses es excesivamente corto y puede dejar a muchas familias en la calle».
El proyecto fue girado a la Cámara de Diputados para su tratamiento. Según el calendario legislativo, se espera que sea debatido en las próximas semanas.
