domingo, 21 junio, 2026

Ganancias y Monotributo: los nuevos montos que regirán desde julio de 2026

La inflación del primer semestre de 2026 definirá el piso del Impuesto a las Ganancias y las escalas del Monotributo. Se espera que los valores se actualicen a partir de julio.

El piso del Impuesto a las Ganancias de cuarta categoría y las escalas del Monotributo se actualizarán desde julio de 2026, según el mecanismo semestral establecido por ley. La inflación acumulada del primer semestre del año será el factor determinante para los nuevos montos.

Ganancias: nuevos pisos salariales desde julio 2026

De acuerdo con cálculos de consultoras privadas, si la inflación de junio se ubica cerca del 2%, el acumulado del primer semestre rondaría entre 16,5% y 17%. Actualmente, el piso mensual para comenzar a pagar Ganancias es de $2.490.037,88 netos (aproximadamente $3.000.046 brutos) para trabajadores solteros sin hijos. Con el ajuste, ese monto bruto pasaría a cerca de $3,5 millones.

De confirmarse el dato de inflación de junio, los pisos estimados quedarían de la siguiente manera:

  • Soltero sin hijos: bruto de $3.495.000; neto de $2.900.000.
  • Casado sin hijos: bruto de $4.062.000; neto de $3.371.000.
  • Casado con dos hijos: bruto de $4.644.000; neto de $3.847.000.

La actualización responde a la modificación del tributo aplicada en 2025, que fijó un ajuste de escalas y deducciones según la inflación del semestre anterior.

Monotributo: nuevas cuotas y límites de facturación desde julio 2026

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) prepara la actualización del Monotributo que comenzará a regir desde julio de 2026. El incremento estimado es del 14,3%, según relevamientos privados. Los nuevos montos mensuales por categoría serían los siguientes:

  • Categoría A: $42.386,74
  • Categoría B: $48.250,78
  • Categoría C (servicios): $56.501,85 / (bienes): $55.227,06
  • Categoría D (servicios): $72.414,10 / (bienes): $70.661,26
  • Categoría E (servicios): $102.537,97 / (bienes): $92.658,35
  • Categoría F (servicios): $129.045,32 / (bienes): $111.198,27
  • Categoría G (servicios): $197.108,23 / (bienes): $135.918,34
  • Categoría H (servicios): $447.346,93 / (bienes): $272.063,40
  • Categoría I (servicios): $824.802,26 / (bienes): $406.512,05
  • Categoría J (servicios): $999.007,65 / (bienes): $497.059,41
  • Categoría K (servicios): $1.381.687,90 / (bienes): $600.879,51

En cuanto a los límites de facturación anual, los nuevos topes estimados son:

  • Categoría A: hasta $12 millones anuales.
  • Categoría B: hasta $17,6 millones.
  • Categoría C: hasta $24,7 millones.
  • Categoría H: hasta $82,1 millones.
  • Categoría J: hasta $105,3 millones.
  • Categoría K: hasta $127 millones anuales.

Las categorías A y B concentran la mayor cantidad de contribuyentes del régimen simplificado. Las cuotas para quienes usan débito automático se actualizarán automáticamente con los nuevos valores.

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