El nuevo anteproyecto de reforma de la Ley de Inocencia Fiscal establece el régimen para regularizar fondos no declarados y utilizarlos en operaciones inmobiliarias, financieras o de consumo, con requisitos notariales específicos.
El Gobierno nacional presentó un anteproyecto de reforma de la Ley de Inocencia Fiscal que precisa el funcionamiento del régimen para los denominados «dólares del colchón». La iniciativa permite que quienes adhieran al Régimen de Ganancias Simplificado puedan canalizar dinero no declarado hacia operaciones legales, como inversiones financieras o compra de inmuebles.
Cómo se puede comprar inmuebles con dinero no declarado
Fernando López Chiesa, del estudio LLA & Asoc., detalló los siguientes puntos clave sobre la inversión en inmuebles bajo este régimen:
- Uso del dinero: al presentar la declaración jurada simplificada de Ganancias sin diferencias significativas, el régimen funciona como un «tapón fiscal» para períodos fiscales anteriores.
- Procedimiento de compra: no es necesario depositar el dinero en el banco previamente.
- Requisitos de la escritura: es obligatoria la intervención del escribano, quien debe dejar constancia expresa en la escritura de que el pago se realizó con fondos entregados en ese preciso momento.
- Restricción: bajo ninguna circunstancia debe constar en el documento que los fondos fueron «entregados antes de ahora»; el escribano debe dar fe de ver la entrega del dinero en el acto de la firma para que la operación sea válida bajo este esquema.
En resumen, esta modalidad permite regularizar la tenencia de dólares para la compra de una propiedad siempre que se cumplan las formalidades notariales que acrediten la entrega física de los fondos durante la transacción, explicó López Chiesa.
Qué dice el proyecto sobre pagos en efectivo
El proyecto de ley establece disposiciones específicas sobre el uso de medios de pago y el efectivo en transacciones inmobiliarias dentro del marco de la nueva modalidad simplificada de declaración jurada del Impuesto a las Ganancias:
- Los contribuyentes que opten por este régimen simplificado deben canalizar sus operaciones a través de medios autorizados por el Banco Central (BCRA) o la Comisión Nacional de Valores (CNV). Esta exigencia se considera cumplida si el uso de estos medios formales ocurre en el origen o en el destino de la operación.
- El proyecto introduce una excepción: la exigencia de utilizar medios bancarizados se considera plenamente cumplida en el caso de fondos utilizados para pagos en efectivo realizados al momento de otorgar escrituras públicas.
- Esto aplica para actos donde se constituyan, modifiquen, declaren o extingan derechos reales sobre inmuebles (como la compraventa).
- Para los fondos utilizados en estas operaciones inmobiliarias en efectivo, resultará aplicable la presunción de exactitud de la declaración jurada de Ganancias Simplificado hasta el 31 de diciembre de 2027.
- A los fines del Impuesto sobre los Bienes Personales, estos fondos o bienes se consideran incorporados al patrimonio del contribuyente el mismo día en que se realice la operación.
Así, el proyecto busca incentivar la formalización permitiendo que las operaciones inmobiliarias en efectivo ante escribano público se asimilen a las operaciones bancarizadas, otorgándoles el beneficio de la presunción de veracidad frente al fisco por un tiempo determinado.
Quiénes podrán acceder a este beneficio
El anteproyecto elimina las barreras de ingreso que existían en la Ley de Inocencia Fiscal para el régimen simplificado de Ganancias, explicó Mario Volman, del estudio Kaplan, Volman & Asoc.:
- Eliminación de topes de ingresos y patrimonio: ya no rigen los límites de ingresos menores a $1.000 millones ni de patrimonio menor a $10.000 millones.
- Beneficiarios: esto permite que contribuyentes con alto volumen de operaciones, como la compra y venta de acciones en el Merval, o con un alto patrimonio puedan ingresar al régimen.
- Grandes contribuyentes: pueden entrar al régimen simplificado, pero solo para la mecánica de determinación de impuestos (evitando mostrar el patrimonio final o el consumido). No gozan de los beneficios de prescripción limitada ni del bloqueo fiscal que otorga protección sobre el IVA y Ganancias de periodos anteriores.
Es decir, todas las personas humanas pueden utilizar dinero no declarado para comprar propiedades inmuebles, declarando los fondos ante escribano, excepto aquellos caracterizados como «grandes contribuyentes» por ARCA.
