sábado, 22 agosto, 2026

La CNV derogó una restricción que pesaba sobre las sociedades de bolsa para operar dólar CCL

La Comisión Nacional de Valores eliminó una limitación que impedía a los intermediarios financieros vender valores negociables en dólares si mantenían financiamiento en pesos, vigente desde septiembre del año pasado.

La Comisión Nacional de Valores (CNV) derogó una restricción que pesaba sobre las sociedades de bolsa para operar con el dólar Contado con Liquidación (CCL). La medida se oficializó este miércoles a través de la Resolución General N°1152, que dejó sin efecto el Criterio Interpretativo N°99.

Ese criterio, implementado en septiembre del año pasado en plena tensión cambiaria, impedía a los intermediarios financieros vender bonos o acciones en dólares si mantenían posiciones tomadoras en cauciones, pases u otras herramientas de financiamiento de corto plazo en pesos. La limitación aplicaba incluso cuando esas operaciones formaban parte de la cartera propia de las sociedades de bolsa.

Desde la CNV justificaron la derogación como parte del «proceso de normalización y flexibilización del mercado de capitales». Según la entidad, el contexto económico y financiero actual permite desarmar controles que el año pasado eran necesarios para evitar presiones sobre las cotizaciones del dólar.

La nueva resolución también incorpora excepciones. La primera mantiene el esquema intradiario que ya contemplaba el Criterio N°99: los intermediarios pueden vender activos en dólares durante la rueda si cierran la posición antes del final del día. La segunda excepción permite a las sociedades de bolsa y agentes de negociación vender valores negociables con liquidación en dólares para recomponer su posición en moneda extranjera, con un tope del 15% de su patrimonio neto una vez descontado el patrimonio mínimo regulatorio.

Roberto Silva, presidente de la CNV, declaró: «Clarificamos las excepciones existentes para ALyC y los agentes de negociación y agregamos nuevos supuestos procurando, siempre dentro de la normativa vigente, no afectar las operaciones de los agentes».

El Criterio N°99 había sido emitido en septiembre del año pasado para reemplazar al Criterio N°98, que generó confusión entre los operadores. La normativa establecía que la restricción operaba exclusivamente sobre la cantidad neta de moneda extranjera a liquidar, sin afectar el stock de bonos previos a su dictado. Con la derogación, las sociedades de bolsa recuperan margen operativo en el mercado de capitales.

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