El Gobierno presentó el proyecto de ley de Inocencia Fiscal. Un artículo del texto normativo establece que la adhesión al régimen simplificado no interrumpe procedimientos fiscales en curso, lo que generó cuestionamientos de especialistas.
El Gobierno presentó el nuevo proyecto de ley de Inocencia Fiscal, al que accedió iProfesional. El texto modifica aspectos del régimen simplificado de declaración jurada del impuesto a las Ganancias.
Diego Fraga, socio de Expansion Business, señaló que el artículo 42 ter del proyecto representa una modificación relevante. El artículo establece que la adhesión al régimen simplificado no obsta la validez, prosecución ni continuidad de órdenes de intervención y procedimientos de liquidación administrativa o determinación de oficio notificados antes de la adhesión. Tampoco afecta la tramitación de recursos administrativos ni procesos judiciales pendientes.
Fraga explicó que la norma indica que la adhesión al régimen simplificado no frena inspecciones, liquidaciones, determinaciones, recursos ni juicios iniciados antes de la adhesión. Señaló que, si un contribuyente adhirió para cerrar una inspección vigente o una determinación no firme, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) podría continuar con el reclamo.
Respecto de quienes ya adhirieron bajo la ley vigente, Fraga sostuvo que la interpretación de que el artículo preserva procesos en curso es errónea, ya que la ley original no contenía esa disposición. Afirmó que, bajo la ley vigente, el contribuyente tiene un argumento para que la presunción de exactitud bloquee ajustes anteriores si adhirió, presentó y pagó en término.
El artículo 42 ter también establece una eximición de multas para contribuyentes que hayan cancelado o regularizado el tributo e intereses antes de la adhesión, excepto si las multas están firmes. La eximición queda perfeccionada si el contribuyente renuncia al derecho de iniciar una acción de repetición del impuesto y los intereses pagados.
Fraga concluyó que la norma intenta cerrar la discusión a favor de ARCA y que el beneficio de la eximición de multas implica resignar la discusión de fondo.
