jueves, 20 agosto, 2026

Un fallo judicial en Río Negro condenó a Mercado Libre y Andreani a pagar más de $3,2 millones por cancelar una compra online

La Justicia Civil de Choele Choel determinó responsabilidad solidaria de la plataforma, la empresa logística y el vendedor por la cancelación unilateral de una compra realizada en 2022. El consumidor recibió el reembolso pero el producto había duplicado su valor por inflación.

La Justicia Civil de Choele Choel, en la provincia de Río Negro, condenó solidariamente a Mercado Libre, Andreani y Jobu S.A. al pago de $3.282.870 más intereses y costas judiciales por la cancelación unilateral de una compra online. El fallo fue dictado por la jueza Natalia Costanzo.

El caso comenzó el 3 de julio de 2022, cuando un vecino de Choele Choel compró un lavavajillas Whirlpool a través de Mercado Libre. El precio del electrodoméstico era de $131.900 y, sumando IVA y envío, el monto total abonado mediante Mercado Pago fue de $167.913.

Días después, la compra apareció cancelada en la plataforma sin consentimiento del usuario. Mercado Libre reembolsó automáticamente el dinero bajo el sistema de “Compra Protegida”. En ese momento, el mismo lavavajillas costaba cerca de $300.000, más del doble del valor original.

El consumidor inició una demanda por daños y perjuicios contra el vendedor, Mercado Libre y Andreani, empresa encargada de la logística y distribución del envío.

Durante el proceso, Mercado Libre sostuvo que su función es ofrecer herramientas tecnológicas para conectar compradores y vendedores, y que no participa directamente en la venta, el embalaje ni el transporte. Andreani argumentó que el caso debía tramitar ante la Justicia Federal por tratarse de un operador postal y alegó que el paquete fue devuelto al remitente por pedido del vendedor.

La jueza rechazó todas las defensas. En el fallo afirmó que Mercado Libre “no se trata de un simple intermediario”, sino de “un eslabón fundamental en la cadena de comercialización”. Respecto de Andreani, entendió que la compañía integra la cadena de consumo al prestar el servicio esencial de transporte y entrega física del bien.

La resolución aplicó el artículo 40 de la Ley de Defensa del Consumidor y estableció responsabilidad solidaria para todos los actores. El monto total de la condena incluye daño emergente, privación de uso, daño moral y daño punitivo de $2 millones, por considerar que existió una conducta “objetivamente descalificable”.

El fallo podría convertirse en un antecedente para futuras demandas vinculadas al comercio electrónico. La decisión también pone bajo análisis los términos y condiciones utilizados por plataformas digitales para limitar responsabilidades. Las empresas demandadas podrían apelar la sentencia.

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