El máximo tribunal consideró que no se cumplían los requisitos para el recurso excepcional. El caso continuará su trámite en instancias inferiores.
La Corte Suprema de Justicia rechazó el recurso de per saltum impulsado por el Gobierno nacional que buscaba una intervención directa en el expediente sobre la validez de la Ley 27802 de Modernización Laboral. La decisión lleva las firmas de Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz. Los tres ministros coincidieron en un punto clave: no se observan los requisitos que el Código Procesal Civil establece para admitir este tipo de recursos excepcionales.
El rechazo implica que el caso deberá seguir su curso normal por las instancias inferiores. La Corte no acelerará la definición sobre la constitucionalidad de la reforma laboral. La Procuración del Tesoro había presentado el per saltum el 16 de abril de 2026, después de que un juez de primera instancia declarara la inconstitucionalidad de gran parte de la ley. Esa decisión tuvo vida corta, ya que la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo intervino y revocó el fallo de primera instancia, restituyendo la vigencia plena de la reforma.
El per saltum es un recurso extraordinario que permite saltear instancias judiciales intermedias, pero no es automático. El artículo 257 del Código Procesal Civil exige que el caso tramite bajo competencia federal y que se acredite una notoria gravedad institucional. La Corte consideró que esos requisitos no están cumplidos en este expediente.
El Gobierno argumentaba que la reforma laboral tiene impacto masivo en el mercado de trabajo y buscaba una definición rápida para evitar incertidumbre jurídica. Sin embargo, el máximo tribunal prefirió que las instancias inferiores se expidan primero. Recién entonces, si alguna de las partes apela, podría llegar el caso a la Corte por vía ordinaria.
La reforma laboral viene rebotando entre tribunales desde su sanción. Un juez de primera instancia declaró inconstitucional buena parte de sus artículos, apuntando contra cambios en la indemnización por despido, flexibilización de jornadas y modificaciones en convenios colectivos. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo revocó esa sentencia y devolvió plena vigencia a la ley. Con el rechazo del per saltum, el expediente volverá a manos de las instancias inferiores y la pelea judicial continuará sin atajos procesales.
