El acuerdo paritaria para empleados de comercio, firmado hace casi un mes, sigue sin ser homologado por la Secretaría de Trabajo. Mientras tanto, el texto del entendimiento prevé un mecanismo de anticipo para que los trabajadores cobren los incrementos previstos.
A casi un mes de haberse firmado el acuerdo paritario para los empleados de comercio por actualización salarial, la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, dependiente del Ministerio de Capital Humano, aún no oficializó la homologación del entendimiento. El incremento definido es del 5%, a liquidarse durante abril, mayo y junio, y aplica para los mercantiles de la rama general comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) 130/75.
El artículo 14 del texto firmado por la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS), la Cámara Argentina de Comercio (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales (UDECA) detalla el procedimiento para accionar la liquidación salarial con aumento en caso de ausencia de homologación. Según el párrafo, si se producen vencimientos de los plazos pactados sin que el acuerdo esté homologado, los empleadores abonarán las sumas devengadas con la mención ‘Pago anticipado a cuenta del Acuerdo Colectivo Abril 2026’, ‘Anticipo Recomposición No Remunerativo-Acuerdo Abril 2026’ o ‘Anticipo No Remunerativo-Acuerdo Abril 2026’. Estos montos quedarán reemplazados y compensados por los rubros correspondientes una vez que se homologue el acuerdo.
Las partes pactaron un incremento salarial del 5% sobre las escalas de las remuneraciones básicas del CCT N° 130/75, tomando como base de cálculo los valores de marzo de 2026 más las sumas no remunerativas a dicha fecha, según indicó el consultor Ignacio Barrios. La suba se abonará de la siguiente manera: 2% a partir de abril de 2026; 1,5% a partir de mayo de 2026; y 1,5% a partir de junio de 2026.
Además, se acordó el otorgamiento de una suma fija no remunerativa de $20.000, que se adicionará a la suma no remunerativa ya abonada y continuará en su carácter. Con el objetivo de garantizar el funcionamiento del sistema solidario de salud, las partes convinieron una contribución adicional y solidaria a cargo de los empleadores con destino a la Obra Social de los Empleados de Comercio y Actividades Civiles (OSECAC).
Lo pactado tiene vigencia desde el 1 de abril de 2026. Se aclara que los incrementos no son vinculantes para acuerdos salariales en la ciudad de Río Grande, provincia de Tierra del Fuego, aunque constituyen el mínimo convencional vigente a partir de la homologación.
En detalle, el incremento remunerativo del 5% sobre las escalas básicas del CCT 130/75 vigentes a marzo 2026 se calcula sobre el básico más las sumas no remunerativas ($100.000 a esa fecha). Las sumas no remunerativas alcanzan los $120.000 y se pagarán de abril a junio, incorporándose a los básicos de convenio recién en julio de 2026. No generan aportes ni contribuciones a la seguridad social, excepto en casos de jornada reducida, tiempo parcial, tareas discontinuas o ausencias injustificadas, donde se liquidan en forma proporcional.
La vigencia del acuerdo se extiende desde el 1 de abril de 2026 hasta el 31 de marzo de 2031 (5 años). Se prevé una reunión de revisión en junio de 2026 para analizar escalas y sumas frente a variaciones económicas. Cualquier aumento futuro será no remunerativo y no acumulativo. Los incrementos no son vinculantes para Río Grande, pero constituyen el mínimo convencional. Se reitera el compromiso del acuerdo de 28/05/2019 de convocar a las partes locales para evaluar adicionales zonales.
Los importes otorgados unilateralmente por empleadores desde el 1 de diciembre de 2025 podrán ser absorbidos hasta su concurrencia. Si el Estado dicta alguna norma que otorgue incrementos, bonos o sumas, se absorberán mediante negociación colectiva. Se recomienda a las empresas que pagan suplementos fijos por encima del CCT 130/75 que negocien su adecuación tomando como referencia los incrementos del presente acuerdo. La contribución adicional solidaria con destino a OSECAC, que era de $8.500, pasa desde abril a $28.000 mensuales por cada trabajador comprendido.
