viernes, 7 agosto, 2026

El consorcio no puede expulsar de forma directa a Facundo Moyano tras el episodio en Belgrano

El episodio ocurrido en la madrugada del martes en un departamento de Belgrano reabre el debate sobre las facultades de un consorcio para expulsar a un ocupante. Especialistas en propiedad horizontal explican los procedimientos legales vigentes.

El episodio ocurrido en la madrugada del martes en un departamento del barrio de Belgrano, en el que Candela Arizaga fue vista corriendo semidesnuda por la vía pública y luego Facundo Moyano fue detenido e imputado, generó interrogantes sobre la posibilidad de que el consorcio del edificio pueda expulsar al exdiputado. Según especialistas en propiedad horizontal, la normativa vigente no habilita una expulsión directa por parte del consorcio.

De acuerdo con el Código Civil y Comercial, el régimen de propiedad horizontal contempla herramientas para que el consorcio actúe frente a conductas que alteren la convivencia, pero la decisión de desalojar a un ocupante solo puede ser tomada por un juez y bajo determinadas condiciones.

Christian Tettamanti, vicepresidente de la Asociación Civil de Administradores Profesionales de Propiedad Horizontal (ACAPPH), explicó a iProfesional que “lo que se suele hacer es que intervenga la fiscalía. Si es propietario, no se puede echar. Si es inquilino, se le puede pedir que rescinda el contrato sin ningún tipo de inconveniente”. Agregó que “es un pedido, el consorcio puede pedirle al propietario que dada la circunstancia le rescinda el contrato por malos hábitos, malas costumbres, por ejemplo. Pero no se puede echar de manera intempestiva por un caso así”.

En el caso de que Moyano sea inquilino, la rescisión del contrato de alquiler podría ser más sencilla si existe una causa penal abierta. Tettamanti sostuvo que “al tener una causa abierta el propietario no debería tener problema para rescindir el contrato. Como mucho se tendrá que devolver el depósito”.

La normativa establece que, cuando un ocupante viola las prohibiciones previstas por la ley o por el reglamento de copropiedad, el consorcio o cualquier propietario afectado puede iniciar una acción judicial para que cesen esas conductas. Si el ocupante no es propietario, un juez podría ordenar su desalojo cuando exista reiteración de las infracciones; un episodio aislado, aunque tenga repercusión mediática, no alcanza por sí solo.

El procedimiento habitual que debe seguir un consorcio incluye: recibir denuncias de vecinos, reunir pruebas (testimonios, grabaciones de cámaras de seguridad, intervenciones policiales), intimar formalmente al propietario para que cese las conductas, aplicar multas si el reglamento lo prevé y, en caso de persistencia, autorizar en asamblea el inicio de acciones judiciales.

Los tribunales argentinos mantienen un criterio restrictivo respecto del desalojo de ocupantes. Lo consideran un recurso de última instancia, por lo que exigen acreditar incumplimientos reiterados y que otras medidas menos gravosas resultaron insuficientes.

En cuanto a la titularidad del departamento, la periodista Natalia Volosin afirmó que el inmueble no estaría a nombre de Facundo Moyano, sino de la sociedad Toit S.R.L., constituida en 2018 y cuyas socias son Sonia María Caputo y Marina Caputo. Volosin señaló que Sonia María Caputo es hija del empresario Nicolás Caputo. Esta información no forma parte de la causa judicial que investiga el episodio.

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