jueves, 25 junio, 2026

Fumigaciones en Pergamino: absolvieron a productores y condenaron a funcionarios municipales

El Tribunal Oral Federal N°2 de Rosario absolvió a cinco productores agropecuarios, un ingeniero agrónomo y un aplicador, y condenó a dos funcionarios municipales por incumplimiento de deberes en el juicio por intoxicación con agroquímicos en Pergamino.

El Tribunal Oral Federal N°2 de Rosario, integrado por los jueces Román Lanzón, Eduardo Rodríguez y Elena Dilario, dictó sentencia el 25 de junio de 2026 en el juicio por intoxicación con agroquímicos en Pergamino. El fallo absolvió a los cinco productores agropecuarios, un ingeniero agrónomo y un aplicador, y condenó a dos funcionarios municipales por incumplimiento de los deberes de funcionario público.

El juicio oral comenzó en febrero de 2026 y se extendió durante cinco meses. Los hechos juzgados ocurrieron entre 2011 y 2019, cuando vecinos del periurbano de Pergamino denunciaron enfermedades atribuidas a pulverizaciones de agroquímicos en campos linderos a sus viviendas, escuelas y pozos de agua.

La fiscalía, a cargo de Federico Reynares Solari, había solicitado penas de hasta cuatro años de prisión y ocho años de inhabilitación para los principales acusados, además del decomiso de los campos considerados contaminados. La acusación incluyó análisis de suelo y agua, testimonios de vecinos afectados y estudios científicos sobre el impacto en la salud humana, como el de la bióloga Delia Aiassa, de la Universidad Nacional de Río Cuarto, que encontró valores de daño genético por encima de los de referencia en miembros de la familia de la querellante Sabrina Ortiz.

El tribunal realizó una inspección ocular en el terreno y constató distancias entre campos fumigados y viviendas. En la Escuela N°52, ubicada a 200 metros de parcelas de producción intensiva, se detectaron plaguicidas en el agua de consumo.

Los jueces afirmaron que no hay dudas de que los productos fitosanitarios contaminan y generan daños en la salud, pero no consideraron que se haya probado un delito penal por parte de los imputados. Por aplicación del principio de duda, absolvieron a los productores Fernando Cortese, Víctor Tiribó y Mario Roces, a los hermanos Carlos y Hugo Sabatini, al ingeniero agrónomo José Luis Grattone y al aplicador Cristian Taboada.

En cambio, condenaron a los funcionarios Guillermo Naranjo y Mario Tocalini, integrantes de la Dirección de Ambiente Rural del municipio, por incumplimiento de los deberes de funcionario público. El tribunal los halló responsables por omitir controles y permitir fumigaciones sin receta fitosanitaria, en horarios irregulares y violando las distancias mínimas establecidas por la ordenanza municipal N°8126/14, que prohíbe aplicar plaguicidas a menos de 100 metros de la zona periurbana.

La pena impuesta fue de dos años de prisión condicional y cuatro años de inhabilitación especial para ejercer cargos públicos. Además, se les impusieron reglas de conducta: fijar residencia, someterse al control del tribunal de ejecución y realizar trabajos no remunerados de dos horas semanales a favor del Estado o de instituciones vinculadas a la salud o la protección del medioambiente.

Los jueces expresaron que el comportamiento de los condenados estuvo «en las antípodas de lo esperado para un funcionario público» y que la condena se funda en «la ausencia de controles eficaces en las aplicaciones». Aclararon que Tocalini y Naranjo eran «los eslabones más bajos de la cadena de responsabilidad del municipio» y ordenaron remitir copia de la audiencia y de la sentencia al Ministerio Público Fiscal de San Nicolás para que investigue la actuación del intendente municipal de Pergamino y de otros funcionarios durante el período en que los condenados trabajaron en la Dirección de Ambiente Rural.

En cuanto a la medida cautelar que restringe el uso de agroquímicos en el distrito, dictada en 2019 por el Juzgado Federal N°2 de San Nicolás, los jueces expresaron que corresponde mantenerla hasta que se resuelva la cuestión de fondo. Esas restricciones establecen zonas de exclusión de hasta 1.095 metros para fumigaciones terrestres y 3.000 metros para las aéreas respecto de los centros urbanos.

La sentencia será fundamentada en su totalidad el 10 de agosto de 2026. El tribunal señaló que un juez penal no es «un superhéroe» que resuelva todos los problemas y que debe limitarse a hacer cumplir la ley vigente. Propuso generar una «mesa de diálogo» entre los distintos actores y dirigentes políticos para buscar regulaciones sostenibles.

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