La Ley Provincial 14.798 obliga a contar con guardavidas en piletas de uso común, lo que genera costos elevados para consorcios y barrios cerrados. Ante la falta de excepciones, muchos administradores optan por clausurar las instalaciones.
En la provincia de Buenos Aires, la Ley Provincial 14.798 establece que todo ambiente acuático de uso común debe contar con servicio de guardavidas. La norma exceptúa únicamente a las residencias particulares de uso familiar exclusivo. Esto implica que piletas en terrazas de edificios, complejos de departamentos y countries quedan comprendidas en la obligación, sin distinción de tamaño, profundidad o cantidad de usuarios.
Según informó la publicación especializada Errepar, la ley exige dos guardavidas por cada 100 personas o fracción, con una jornada laboral mínima de 6 horas diarias durante 150 días corridos. Además, los empleadores deben costear aportes previsionales, adicionales por tareas riesgosas, indumentaria reglamentaria y equipamiento de seguridad, como desfibriladores automáticos (DEA).
Ante estos requerimientos, muchos consorcios y countries decidieron prohibir el uso de las piletas y mantenerlas valladas durante la temporada de verano. Los administradores señalaron que el costo de cumplir con la normativa elevaría significativamente las expensas. Asimismo, advirtieron que dejar la pileta abierta sin guardavidas matriculados expone a multas y responsabilidades civiles y penales en caso de accidentes.
La medida ha generado que las piletas permanezcan llenas de agua pero sin usuarios en diversos puntos de la provincia de Buenos Aires.
