A partir de abril de 2026, los consorcios de propiedad horizontal de CABA que tengan al menos un empleado en relación de dependencia podrán acceder a un descuento en el impuesto sobre los espacios comunes. El trámite no es automático y debe iniciarse de forma digital.
La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) de la Ciudad de Buenos Aires estableció, mediante la Resolución 155/2026, una bonificación del 40% en el Impuesto Inmobiliario aplicable a los espacios comunes de los consorcios de propiedad horizontal. El beneficio está dirigido a aquellos consorcios destinados a vivienda u oficina que cuenten con al menos un empleado registrado en relación de dependencia.
Según explicaron desde el estudio SMS, el trámite para acceder a la bonificación no es automático. Debe ser iniciado por la persona administradora del consorcio a través de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD), utilizando la Clave miBA Nivel 3. Durante el proceso, se debe presentar una declaración jurada informando la cantidad de empleados y el destino de las unidades.
La medida, que según los analistas consultados busca fomentar la registración laboral, entrará en vigencia en abril de 2026. Una vez concedido, el beneficio se aplica desde la fecha de solicitud y se renueva automáticamente por períodos de cinco años, siempre que se mantengan las condiciones originales. Si las condiciones del consorcio cambian, la exención puede quedar sin efecto.
La solicitud requiere la presentación de una nota ante el SERACARH (Servicio de Resolución Adecuada de Conflictos para la Actividad de Renta y Horizontal) y es procesada finalmente por la Subdirección General de Servicios y Control Tributario de la Dirección General de Rentas.
