La Cámara Contencioso Administrativo Federal ordenó suspender el cobro del sistema a una empresa importadora, al considerar que las sumas retenidas carecían de razonabilidad y proporcionalidad.
La Sala II de la Cámara Contencioso Administrativo Federal hizo lugar a una medida cautelar solicitada por la empresa Finadiet S.A. contra el Sistema de Recaudación de Ingresos Brutos para la Importación (SIRPEI). El tribunal ordenó la suspensión de las percepciones aplicadas a la firma, al considerar que los montos exigidos carecían de razonabilidad y proporcionalidad en el caso concreto.
Según consta en la resolución, la empresa adujo que el sistema le había generado un saldo a favor acumulado significativamente mayor a su obligación tributaria real. En la jurisdicción de Chaco, por ejemplo, el saldo a favor ascendía a $11.243.055,39, frente a un impuesto determinado de $2.241.685,25. Esto implicó una alícuota efectiva del 7,28%, muy por encima del promedio del sector, estimado en un 1,25%.
El SIRPEI es un régimen que aplica percepciones de Ingresos Brutos al momento de la importación de mercaderías, funcionando como un pago a cuenta. En su defensa, la Comisión Arbitral (COMARB) se limitó a explicar el funcionamiento del sistema y derivó la consulta a las jurisdicciones y a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
Sin embargo, la Cámara destacó que esta respuesta no refutó el núcleo del planteo de la empresa, el cual cuestionaba la falta de un procedimiento administrativo motivado y la posible vulneración de principios como la legalidad, la razonabilidad y la capacidad contributiva. El fallo subraya la necesidad de que la administración tributaria justifique la aplicación concreta de estos regímenes y no solo describa su mecánica.
La decisión judicial es de carácter preliminar y no se pronuncia sobre la constitucionalidad general del SIRPEI. No obstante, marca un precedente al exigir un análisis de la proporcionalidad de las percepciones en cada caso particular, especialmente cuando generan saldos a favor persistentes que afectan la liquidez de los contribuyentes.
