Dos disposiciones de ANMAT flexibilizan la normativa de octógonos negros, lo que genera debate entre especialistas y defensores de la salud pública.
La ley de etiquetado frontal argentina, vigente desde marzo de 2022, estableció la obligatoriedad de los octógonos negros para advertir sobre excesos de azúcares, grasas, sodio y calorías. Sin embargo, en diciembre de 2024, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) publicó dos disposiciones que modifican aspectos clave de su implementación.
Las resoluciones 11.362/2024 y 11.378/2024 cambiaron la forma de calcular los sellos. Anteriormente, se evaluaba la composición total del producto, en línea con las recomendaciones de la Organización Panamericana de la Salud (OPS). Ahora, solo se consideran los nutrientes críticos «agregados» durante el proceso industrial. Como resultado, productos como quesos, yogures, chocolates y embutidos perdieron varios octógonos sin modificar sus fórmulas.
Además, se habilitaron nuevas formas de declarar edulcorantes que pueden evitar la leyenda precautoria, y se permiten mensajes positivos («claims») como «rico en fibras» en envases con sellos de excesos. También se flexibilizaron las restricciones en publicidad y promoción, permitiendo nuevamente el uso de personajes infantiles y mascotas de marcas.
Especialistas como Belén Nuñez, directora institucional de Fundación Sanar, advierten que estos cambios «corren el estándar de protección» y «pasan por encima de la propia ley». Ignacio Porras, director ejecutivo de la misma fundación, señaló que «se pierde la autonomía en lo que la persona consume» al evaluar solo los nutrientes agregados.
El Gobierno también impulsa una armonización de los etiquetados en el Mercosur, lo que podría reducir aún más las restricciones para las empresas de alimentos y bebidas.
