sábado, 20 diciembre, 2025

La Cámara reabrió la causa de Milei contra Mengolini

La Cámara Federal porteña resolvió reabrir la querella por injurias que el presidente Javier Milei inició contra la periodista Julia Mengolini, al revocar el sobreseimiento dictado en primera instancia por el juez Sebastián Casanello. La decisión, firmada por el camarista Pablo Bertuzzi, consideró que las declaraciones realizadas por la conductora durante la campaña electoral de 2023 excedieron los límites de la crítica política y constituyeron una intromisión ilegítima en la vida privada del entonces candidato presidencial.

El origen del conflicto se remonta a mayo de 2023, cuando en un programa emitido por C5N Mengolini afirmó que Milei estaba “enamorado de su hermana” y trazó un paralelismo con el “tabú del incesto”, invocando incluso su formación en antropología. Aquellas expresiones motivaron la presentación de una querella por parte de Milei, que avanzó recién en julio de este año luego de cruces públicos y amenazas legales entre ambas partes.

En su momento, el juez Casanello había decidido cerrar la causa al entender que los dichos de la periodista se encontraban amparados por la libertad de expresión y el interés público propio del debate electoral. Sin embargo, la Cámara Federal adoptó un criterio opuesto. En su fallo, Bertuzzi sostuvo que no se logró identificar qué cuestión de interés general se debatía al aludir a una supuesta conducta incestuosa, una imputación que conlleva una fuerte carga de reproche moral y afecta directamente el honor personal del Presidente.

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Según el camarista, si bien los funcionarios y candidatos están expuestos a un mayor nivel de escrutinio público, ello no habilita a ingresar en aspectos vinculados a la “sexualidad o genitalidad” de sus relaciones privadas. En ese sentido, calificó de “arbitraria” la resolución de primera instancia por carecer de una fundamentación suficiente y por extender de manera indebida el alcance de la libertad de expresión.

La Cámara también rechazó el argumento defensivo basado en el contexto mediático. Ni el tono distendido del programa en el que se realizaron las declaraciones, ni la exposición pública de Milei y de su hermana Karina, ni la posibilidad del Presidente de responder en los medios convierten en lícito –según el tribunal– lo que resulta injurioso. Bertuzzi remarcó que el formato de una emisión no puede transformar en legal aquello que vulnera derechos personalísimos, ni borrar el eventual reproche penal.

Otro punto central del fallo fue la exclusión de la doctrina “Kimel vs. Argentina”, frecuentemente invocada para reforzar la protección del trabajo periodístico frente a sanciones penales. Si bien el tribunal reconoció que los funcionarios públicos están sujetos a un mayor nivel de crítica, aclaró que esa protección se aplica cuando las expresiones se vinculan con su desempeño público o con asuntos de interés colectivo. En este caso, concluyó la Cámara, se trató de una difamación personal que no aporta nada al fortalecimiento del debate democrático.

Con esta decisión, la causa vuelve al juzgado de origen y deja a Mengolini a las puertas de un juicio oral, en el marco del artículo 110 del Código Penal, que prevé sanciones económicas para quien deshonre a otro cuando no existe un interés público que justifique la expresión. La periodista podrá apelar el fallo ante la Cámara de Casación o avanzar hacia el debate oral.

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