sábado, 4 julio, 2026

El Palacio de la Papa Frita: quiebra, reapertura con nombre similar y observaciones judiciales

El Juzgado Nacional en lo Comercial N° 7 decretó la quiebra de El Resto de Corrientes S.R.L., firma que explotaba el histórico restaurante. Mientras el expediente avanza, el local reabrió en Paraná 350 bajo la denominación «Palacio de las Papas Fritas».

Durante casi cuatro meses, uno de los restaurantes tradicionales de la avenida Corrientes permaneció cerrado. Detrás del cierre se desarrolló un concurso preventivo, un juicio de desalojo, denuncias de trabajadores por presunto vaciamiento, cambios societarios y, finalmente, la quiebra de la sociedad que explotaba el negocio.

El 17 de junio, el Juzgado Nacional en lo Comercial N° 7 decretó la quiebra de El Resto de Corrientes S.R.L., firma que explotaba El Palacio de la Papa Frita, fundado en 1952 sobre la avenida Corrientes. Sin embargo, el restaurante volvió a funcionar en Paraná 350 bajo el nombre «Palacio de las Papas Fritas».

Según consta en el expediente, en noviembre de 2024 la empresa se presentó a concurso preventivo para reestructurar deudas. Paralelamente, el propietario del inmueble de avenida Corrientes inició un juicio de desalojo por vencimiento del contrato de alquiler. La entonces gerente, Rosalba Aidé Ríos Amarilla, informó que alcanzó un acuerdo y restituyó las llaves el 3 de marzo de 2026, y que la empresa había reservado el inmueble de Paraná 350 para continuar la actividad gastronómica.

La sindicatura solicitó reiteradamente el contrato de alquiler del nuevo local, documentación que nunca fue presentada. Los trabajadores denunciaron que se enteraron del cierre al encontrar el frente tapiado, y afirmaron que la empresa vendió mercadería sin rendir cuentas. La síndica Liliana Montoro señaló que la empresa mantenía 20 trabajadores registrados, acumulaba 11 juicios laborales y deudas previsionales.

El juez Fernando D’Alessandro advirtió que, tras abandonar el local de Corrientes, la concursada nunca acreditó haber alquilado o adquirido un nuevo establecimiento. Además, el abogado de la sociedad renunció, ningún representante concurrió a la audiencia informativa y no se presentaron adhesiones de acreedores. El 17 de junio, vencido el período de exclusividad sin conformidades, se decretó la quiebra.

La resolución ordenó librar un mandamiento en Paraná 350 para verificar el uso del inmueble y, si se comprueba que allí continúa la actividad comercial de la sociedad fallida, proceder a la clausura del establecimiento. También se ordenó incautar bienes en la baulera de Zuviría, interceptar correspondencia, inhibir bienes, inhabilitar a la sociedad y a su gerente, e impedir la salida del país de Ríos Amarilla hasta la presentación del informe general de la quiebra.

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