viernes, 3 julio, 2026

La Justicia de Santa Fe suspendió el proceso de liquidación de SanCor a 17 días del cierre de ofertas

La Sala II de la Cámara de Apelaciones de Rafaela ordenó frenar el cronograma de venta de activos de la cooperativa láctea, tras un recurso presentado por Fidulac SA. La decisión reabre el debate sobre la separación de la marca y las plantas industriales.

A 17 días de que venciera el plazo para presentar ofertas por los activos de SanCor, la Justicia de Santa Fe suspendió todo el proceso de liquidación de la histórica cooperativa láctea. La Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral de la Quinta Circunscripción Judicial, con asiento en Rafaela, hizo lugar este viernes a un recurso presentado por Fidulac SA, la empresa del comunicador Gustavo Scaglione, y ordenó suspender con efecto suspensivo el cronograma que fijaba la apertura de ofertas para el 20 de julio a las 10 de la mañana.

La resolución se produjo en medio de una puja que había sumado ocho interesados por lo que queda de la cooperativa. Los oferentes que habían avanzado en el proceso son: Adecoagro, Milkaut, Elcor, Punta del Agua, Fidulac, Jewel Especialidades del Grupo Ceibo, Fransro y Sancor Seguros.

El origen del conflicto: una firma que el juez declaró inexistente

El 11 de junio, el juez de la quiebra Marcelo Gelcich aprobó el pliego de bases y condiciones para la venta de los activos productivos de Sancor Cooperativas Unidas Limitada, fijando los valores base de los siete lotes y el cronograma de licitación. Fidulac impugnó esa resolución el 19 de junio mediante un escrito con recurso de revocatoria y apelación en subsidio, firmado electrónicamente por Scaglione y con firma digital del abogado patrocinante, Leandro Salvatierra.

El magistrado de primera instancia no le dio curso. El 26 de junio declaró que el escrito era jurídicamente inexistente porque no llevaba firma ológrafa, es decir, manuscrita. Esa decisión bloqueó cualquier revisión judicial del pliego y dejó en pie el calendario de venta.

Fidulac recurrió entonces en queja directa ante la Cámara, y ahí el escenario cambió.

Qué dijo la Cámara: exceso ritual manifiesto

Los jueces de la Sala II consideraron que Gelcich incurrió en lo que la resolución define como exceso ritual manifiesto. El fallo indicó que la ley de firma digital reconoce a la firma electrónica una presunción de validez que solo cae si el propio firmante la desconoce, algo que no ocurrió en este caso: nadie puso en duda que Scaglione hubiera firmado ese documento.

La Cámara trazó una distinción central: la inexistencia procesal es la categoría más extrema de ineficacia de un acto judicial y se reserva para los casos en que falta por completo un elemento esencial, como un escrito sin ninguna firma. No era lo que había ocurrido con la presentación de Fidulac, que identificaba a la parte, exponía su objeto y estaba además firmada digitalmente por el abogado patrocinante, lo cual alcanza por sí solo para darle existencia jurídica al acto. A lo sumo, sostuvo el tribunal, un defecto en la firma de la parte podía derivar en un planteo de nulidad subsanable, pero nunca en la inexistencia lisa y llana del escrito.

El fallo agregó que junto con el recurso de queja, Fidulac acompañó un poder general otorgado por escritura pública en el que Scaglione figura como presidente de la sociedad y Salvatierra como uno de los apoderados, lo que para los jueces despejó cualquier sospecha sobre la autenticidad de la representación invocada en el escrito original.

Con ese argumento, la Cámara resolvió conceder el recurso de apelación y nulidad en relación y con efecto suspensivo contra la resolución que había aprobado el pliego de venta, y ordenó al juzgado de primera instancia elevar el expediente para que la propia Cámara revise el fondo del planteo de Fidulac.

El reclamo de fondo: la marca separada de las plantas

Más allá de la discusión sobre la validez de la firma, el planteo de Fidulac apunta a un punto sensible del proceso de liquidación: la decisión de vender por separado la marca SanCor y las plantas industriales de la cooperativa. Según trascendió, la empresa de Scaglione sostiene que esa división provoca un perjuicio significativo a los oferentes, porque las plantas pierden buena parte de su valor si quien las compra no puede además hacerse con la marca que las identifica en el mercado.

Ese reclamo de fondo todavía no fue resuelto. La Cámara se limitó, por ahora, a habilitar la revisión judicial del pliego y a frenar el proceso mientras esa discusión avanza. El propio tribunal aclaró que su decisión no implica adelantar postura sobre el fondo de los planteos de Fidulac, sino únicamente garantizar que esos planteos puedan ser efectivamente revisados.

Una cooperativa que llegó a la quiebra con 185 millones de dólares de pasivo

El fallo se produjo en medio de uno de los procesos concursales más resonantes del sector agroindustrial argentino de los últimos años. SanCor, que supo ser la principal cooperativa láctea del país, pidió su propia quiebra el 22 de abril, con una deuda cercana a los 185 millones de dólares frente a una valuación de sus bienes —seis plantas industriales más las marcas— de apenas 53 millones de dólares.

El ajuste laboral fue severo: de los 914 empleados con los que contaba la cooperativa al iniciarse el proceso, 736 quedaron desvinculados con una indemnización reducida al 50%, mientras que 178 fueron identificados por el sindicato Atilra para continuar trabajando en las seis plantas que ahora están en venta. A la par, se acumuló una deuda salarial que en algunos casos se remonta a septiembre del año pasado.

El cronograma que ahora queda en suspenso preveía los siguientes pasos: acceso al Data Room hasta el 17 de julio; presentación de ofertas hasta el 20 de julio a las 9 de la mañana; apertura de sobres a las 10 de la mañana del mismo día; dictamen de la sindicatura cinco días hábiles después; adjudicación definitiva tres días después; y obligación de pagar en dólares y en efectivo.

Qué sigue ahora

Con la resolución de la Cámara, el expediente principal debe volver a primera instancia para que el juzgado de Gelcich eleve la causa y permita que se resuelva en profundidad el planteo de Fidulac sobre la separación de la marca y las plantas. Hasta que eso ocurra —y hasta que se resuelvan las apelaciones que puedan derivarse de esa nueva instancia— el cronograma de venta de los activos de SanCor queda en pausa, sin fecha cierta de reanudación.

La Cámara impuso las costas del trámite en el orden causado y reguló los honorarios del abogado de Fidulac, Diego Feser, en 136.317,62 pesos, con más los intereses que correspondan en caso de mora según la tasa fijada por el BCRA.

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