sábado, 25 julio, 2026

Nuevo plan oficial para reclamos exprés en prepagas y obras sociales

La Superintendencia de Servicios de Salud publicó en el Boletín Oficial la Resolución 951/2026, que modifica el sistema de fiscalización y establece plazos máximos de respuesta para las entidades de salud.

La Superintendencia de Servicios de Salud publicó en el Boletín Oficial la Resolución 951/2026, que introduce cambios en el sistema de fiscalización de obras sociales y empresas de medicina prepaga. La norma modifica el procedimiento de denuncias y sanciones, con el objetivo de que el afiliado reciba la prestación requerida en plazos determinados.

Según el texto oficial, se crearon dos herramientas principales: la Intimación de Cumplimiento Regulatorio (INTIMA) y la Constancia de Estado y Actuación (CONSTA). A través de la INTIMA, cuando un usuario presente una denuncia por falta de cobertura o deficiencias en el servicio, la Superintendencia emitirá una intimación directa a la entidad, que dispondrá de un plazo máximo e improrrogable de 5 días hábiles para cumplir con la obligación o demostrar que ya lo hizo. Para faltas meramente formales, el plazo será de 10 días. En situaciones que involucren riesgo de vida, personas con discapacidad o la continuidad de tratamientos oncológicos o críticos, la Superintendencia podrá reducir estos plazos.

La CONSTA es un documento oficial que certifica todo lo actuado en el expediente y tiene presunción de autenticidad. El afiliado podrá utilizarlo como prueba de la intervención del organismo y de la postura de la prepaga u obra social. Además, se digitalizó el proceso mediante el sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE).

La resolución define como “cumplimiento tardío” la práctica de otorgar la prestación luego de la intimación, y establece que la Superintendencia podrá aplicar una sanción administrativa diferenciada incluso si la entidad brinda el servicio después del plazo. “Se busca que la intervención administrativa brinde una respuesta útil y no solo una consecuencia sancionatoria posterior”, señala el texto oficial.

En cuanto a las sanciones económicas, el nuevo régimen aprueba un nomenclador de infracciones basado en “Módulos”, cuyo valor está atado al haber mínimo jubilatorio. La medida busca que las multas mantengan su poder disuasorio frente a la inflación.

La Resolución 951/2026 entra en vigencia de manera inmediata y se aplica también a trámites en curso que no tengan una sanción firme.

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