La Justicia porteña determinó que Uber, DiDi y Cabify deben cumplir con licencia profesional y seguros, al considerar que su actividad es transporte de pasajeros.
La Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo de la Ciudad de Buenos Aires emitió un fallo que establece nuevas reglas para las plataformas de viaje como Uber, DiDi y Cabify. La sentencia, que resuelve un conflicto de larga data entre el Sindicato de Peones de Taxis y el Gobierno porteño, equipara la actividad de estos servicios con el transporte de pasajeros tradicional.
El tribunal rechazó el argumento de que se trata de un “transporte privado” regido por el Código Civil y Comercial, y determinó que, al no existir una regulación específica, la actividad constituye un servicio de transporte de pasajeros. Los jueces citaron jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea para sostener que Uber no es solo una aplicación, sino parte integrante de un servicio global de transporte.
Como consecuencia, los conductores de plataformas deberán obtener licencia de conducir tipo profesional y contratar seguros específicos para el vehículo, el conductor, los pasajeros y responsabilidad civil. El fallo también critica al Gobierno de la Ciudad por permitir una “apariencia de regularidad” en estas plataformas, mientras no se controlaba si cumplían con los requisitos exigidos a los taxistas.
La Cámara impuso tres medidas principales: suspender el cobro de aranceles a taxistas mientras persista el desequilibrio; ordenar al Gobierno iniciar procedimientos para cobrar el Impuesto sobre los Ingresos Brutos a las plataformas; y exigir la fiscalización de su publicidad, además de campañas informativas para los usuarios. El fallo aclara que estas disposiciones cesarán cuando la Legislatura porteña dicte una regulación específica para el sector.
