La agencia recaudadora establece nuevos umbrales a partir de los cuales bancos y billeteras virtuales deben reportar operaciones de sus clientes. Superar estos límites no implica una investigación automática, pero sí la obligación de justificar el origen de los fondos si es requerido.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA, ex AFIP) ha definido los montos a partir de los cuales las entidades financieras y las plataformas de pago deberán informar los movimientos de sus clientes, con vigencia para abril de 2026. Estos valores, que se ajustan periódicamente y a partir de 2027 lo harán anualmente según la variación de la UVA, representan un aumento significativo respecto de los límites anteriores.
Los nuevos umbrales de información son los siguientes:
- Transferencias o acreditaciones: $50.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para personas jurídicas.
- Extracciones en efectivo: $10.000.000 para ambos tipos de personas.
- Saldos bancarios a fin de mes: $50.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para personas jurídicas.
- Plazos fijos: $100.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para personas jurídicas.
- Movimientos en billeteras virtuales: $50.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para personas jurídicas.
- Tenencias en sociedades de bolsa: $100.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para personas jurídicas.
- Compras de consumidor final: $10.000.000 para ambos rubros.
- Pagos: $50.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para personas jurídicas.
Es crucial aclarar que superar estos montos no desencadena de forma automática una investigación por parte del organismo. Sin embargo, si ARCA detecta una operación significativa cuyo origen no esté claro, puede solicitar información adicional al contribuyente. En esos casos, será necesario presentar documentación que justifique el origen lícito de los fondos, como facturas, recibos de honorarios, boletos de compraventa o comprobantes de préstamos.
El objetivo declarado de la medida es asegurar la transparencia de las operaciones y que los contribuyentes cumplan con sus obligaciones fiscales. En caso de no poder justificar el dinero, la operación podría ser retenida o derivar en sanciones. Los especialistas recomiendan mantener en orden toda la documentación vinculada a movimientos de dinero de cierto volumen.
Además, se destaca que cada entidad financiera puede aplicar controles internos más estrictos (de «Conozca a su Cliente») y solicitar justificaciones por montos inferiores si detectan actividad inusual.
