viernes, 1 mayo, 2026

Especialista laboral analiza incertidumbre judicial tras medida cautelar sobre reforma

El abogado Julián de Diego señaló que la cautelar otorgada a la CGT genera una «zona gris» en la aplicación de la nueva normativa. Mientras dure, los despidos podrían regirse por el régimen indemnizatorio anterior, aunque la discusión constitucional se extenderá.

El abogado laboralista Julián de Diego, quien participó en la elaboración del proyecto de reforma laboral, reconoció que el amparo presentado por la Confederación General del Trabajo (CGT) generó una «zona gris» en la aplicación de la norma. Advirtió que la discusión judicial sobre su constitucionalidad será prolongada y que «la última palabra la tiene la Corte Suprema de la Nación».

En declaraciones radiales, el especialista, referente en asesoramiento a empresas, explicó que es «altamente probable» que haya una resolución de Cámara y luego una apelación ante el máximo tribunal. Mientras rija la medida cautelar, se pueden generar situaciones ambiguas. «Si una persona es despedida en este momento, va a poder reclamar la indemnización anterior», sostuvo, remarcando que el fallo judicial abrió un escenario de incertidumbre hasta que haya una definición de fondo.

De Diego también se refirió a cambios previstos en la iniciativa, como la implementación del banco de horas y modificaciones en el régimen de vacaciones y jornadas laborales. Sin embargo, insistió en que habrá que esperar una resolución definitiva para conocer el alcance real de la normativa. Consideró que existe «mucha confusión» en torno al contenido de la reforma, aunque destacó que el tema fue debatido en el Congreso. «La Argentina necesita una modernización laboral de cara al futuro», concluyó.

En un fallo relacionado, la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo avaló el sistema de ajuste de los juicios laborales en trámite mediante el índice publicado por el Banco Central (BCRA), conforme al artículo 55 de la Ley de Modernización Laboral. Este índice es más bajo que el tope del IPC del INDEC. Los magistrados de la Sala II votaron en forma disidente. La Dra. Andrea García Vior propició la inconstitucionalidad de oficio de la tabla del BCRA, argumentando que podría generar tratamientos diferentes para acreedores en situaciones similares según la fecha de inicio de su reclamo. Los otros dos jueces, Alejandro Sudera y su par, discreparon, estableciendo que no se verifican las circunstancias que justifiquen dicha declaración de inconstitucionalidad según los precedentes de la Corte Suprema.

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