miércoles, 29 julio, 2026

El Gobierno porteño eliminó la obligación de rubricar documentación laboral

La Ciudad de Buenos Aires derogó el trámite de rúbrica de libros y documentación laboral, en línea con la normativa nacional. La medida rige desde el 1 de junio de 2026.

La Ciudad de Buenos Aires eliminó la obligación de rubricar la documentación laboral de los empleadores ante la autoridad local, un trámite administrativo que regía desde hacía décadas. La medida está vigente desde el 1 de junio de 2026, según la Resolución 852/SECTE/2026 publicada en el Boletín Oficial.

La decisión se enmarca en la simplificación administrativa impulsada por el Gobierno porteño y responde a cambios previos a nivel nacional. La Ley 27.802 modificó el artículo 52 de la Ley de Contrato de Trabajo y el Decreto 407/2026 estableció que la documentación laboral se concentre en un sistema único administrado por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). Como consecuencia, las provincias y la Ciudad ya no pueden exigir registros distintos a los previstos por la normativa nacional.

El ministro de Justicia de la Ciudad, Gabino Tapia, afirmó que la medida «refleja el compromiso del Gobierno de la Ciudad con una administración moderna, eficiente y alineada con el marco normativo vigente» y sostuvo que eliminar obligaciones que perdieron sustento legal «reduce costos, simplifica procesos y brinda mayor previsibilidad a quienes generan empleo».

El subsecretario de Trabajo y Empleo, Horacio Bueno, señaló que la adecuación normativa responde a la decisión del jefe de Gobierno, Jorge Macri, de avanzar hacia «un Estado más moderno y eficiente», eliminando trámites innecesarios sin afectar los mecanismos de fiscalización.

La Ciudad aclaró que la derogación de la rúbrica no modifica las facultades de inspección, fiscalización y sanción previstas en la Ley 265. El trámite administrativo desaparece, pero continúan los controles sobre el cumplimiento de la legislación laboral, las condiciones de higiene y seguridad y las inspecciones en los lugares de trabajo.

La resolución establece un período de transición: mayo de 2026 es el último mes alcanzado por la obligación de rúbrica. Los expedientes iniciados antes del 1 de junio continuarán tramitándose bajo las normas vigentes al momento de su presentación. La Dirección General de Relaciones del Trabajo deberá adecuar los sistemas informáticos, redefinir procedimientos administrativos y establecer mecanismos para reintegrar aranceles abonados por trámites que ya no correspondan.

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