En el marco del calendario electoral de este año, este domingo 7 de septiembre se llevan a cabo las elecciones legislativas en la provincia de Buenos Aires, para elegir unos 1.500 cargos provinciales y municipales, con la novedad del cambio en el padrón electoral.
En el último de los comicios desdoblados, los bonaerenses van a las urnas para elegir 46 diputados, 23 senadores, 1.097 concejales y 401 consejeros escolares, con un total de 14.376.592 personas, entre nativos y extranjeros, habilitados para emitir el voto.
En cuanto a diputados y senadores, el territorio bonaerense se divide en ocho Secciones electorales: el conurbano en Primera y Tercera, el interior en Segunda, Cuarta, Quinta, Sexta y Séptima y la zona de la capital bonaerense en Octava.
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Quiénes están obligados a votar este domingo en Provincia
Las elecciones legislativas bonaerenses fueron desdobladas de las nacionales, que son el 26 de octubre próximo, así que aquellas personas con ciudadanía argentina, de entre 18 y 70 años, que tengan residencia en la provincia de Buenos Aires tendrán que presentarse DNI en mano en los centros de votación.
Si una persona no puede ir a votar pero tiene justificación entonces cuenta con 60 días de plazo desde el día de la elección, que es el 7 de septiembre, para acreditar ante la Junta Electoral cuál fue el motivo de la ausencia.
Así, para el próximo 6 de noviembre tendrán que estar presentados todos los certificados que acrediten los únicos tres justificativos comprobables: estar a más de 500 km del lugar de votación; tener un problema de salud; haber sufrido un impedimento de «fuerza mayor».
Quienes no justifiquen ni paguen la multa serán incorporados al Registro de Infractores, que implica la inhibición para realizar trámites durante el período de un año en organismos nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, «a menos que se abone una multa monetaria que tendrá valor de $ 100», como consta en el sitio oficial de la Dirección Nacional Electoral.
Cuáles son los documentos habilitantes para votar
- DNI tarjeta, incluso si contiene la leyenda “no válido para votar”
- DNI libreta celeste o libreta verde
- Libreta cívica
- Libreta de enrolamiento
Oficialmente, se recomienda asistir a la mesa de votación con el mismo documento que figura en el padrón, o con uno más actualizado, pero nunca con uno anterior. El DNI debe presentarse en su versión física (tarjeta) y no en su versión digital.
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